¿EL DIVORCIO NOTARIAL ES SIEMPRE LA OPCIÓN MÁS ECONÓMICA?
La Ley de Jurisdicción Voluntaria faculta a los notarios a tramitar la separación o divorcio notarial de mutuo acuerdo de un matrimonio. Pero solo en el caso en que no tengan hijos menores en común. Es igualmente obligatorio que los cónyuges estén asistidos por abogado en ejercicio.
En consecuencia en caso de inexistencia de hijos menores es posible tramitar el divorcio o separación en el Juzgado o ante notario. Para tomar la decisión, es necesario valorar los distintos elementos que a continuación se apuntan.
El divorcio notarial, como norma general, reduce los costes que generan los honorarios de abogados y procuradores en aquellos casos que se cumplen los requisitos para acceder al mismo.
¿Existe una excepción?
En el supuesto en el que existan bienes gananciales que hayan de ser liquidados de modo desigual para los cónyuges, no es recomendable acudir al divorcio notarial, debido a las diferentes implicaciones tributarias y fiscales que presenta la vía notarial y judicial.
Así, mientras que, en el divorcio por vía judicial, las transmisiones entre cónyuges por exceso de adjudicación, están exentas del pago del impuesto, en la vía notarial, por el contrario, están sujetas al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (1,5% en Galicia).
Conclusión
El divorcio ante notario siempre será más ventajoso económicamente para aquellas parejas que no sean titulares de bienes inmuebles en régimen de gananciales.
En el resto de los casos, puede consultar con Antepazo Abogados. Tras analizar su caso con la atención que se merece, le ofreceremos la solución mas ventajosa.